El desalojo de okupas es una situación compleja a la que el propietario de una vivienda nunca desearía enfrentarse. Según datos del Ministerio del Interior, el fenómeno de la okupación ha crecido constantemente en los últimos años. Aunque los intereses de los propietarios están amparados por la ley, ciertos recovecos jurídicos pueden beneficiar a los okupas. Esto hace que el proceso para desalojar un inmueble sea, por lo general, muy lento. ¿Cómo debe actuar un propietario?
¿Qué debe hacer un propietario para desalojar un inmueble con okupas?
En primer lugar, conviene tener clara la diferencia entre dos conceptos:
- Allanamiento: ocupación de una morada o domicilio habitual contra la voluntad del titular.
- Usurpación: ocupación de una vivienda no habitada sin el consentimiento del titular.
El allanamiento está castigado con una pena mayor, puesto que el domicilio, según el artículo 18.2 de la Constitución es inviolable. Por este motivo, los okupas suelen usurpar viviendas vacías e intentar demostrar, mediante distintas artimañas, que ese es su domicilio. La consecuencia de esta acción es que el propietario legal del inmueble no puede acceder a él, ya que podría estar cometiendo un delito de allanamiento de morada.
Nunca es recomendable que el propietario actúe por su cuenta, ya que ciertas acciones están tipificadas como delito de coacción y amenazas. Por ejemplo:
- Cambiar la cerradura.
- Cortar la luz y el agua.
- Intimidar a los ocupantes ilegales.
¿Cuáles son las vías legales para desalojar un inmueble?
Cuando una vivienda ha sido ocupada ilegalmente, lo primero que debe hacer el titular es denunciar. Puede optar por dos tipos de demanda: penal o civil.
Demanda por la vía penal
La usurpación de una vivienda no habitada se considera un delito leve. Solo cuando se presenta la demanda en menos de 48 horas desde la ocupación y, además, se denuncia un delito grave, como un robo, la policía puede intervenir inmediatamente. Si no es así, el delito de usurpación está castigado en el Código Penal con una simple multa. Normalmente, el desalojo de okupas resulta mucho más ágil por la vía civil.
Demanda por la vía civil
Gracias a la conocida como ley del desahucio exprés, el procedimiento de desalojo es más fácil y rápido desde el año 2018. Tras la denuncia del propietario, los okupas tienen un plazo de 5 días para demostrar que el inmueble es de su propiedad. Si no presentan ninguna prueba, es posible desalojar el inmueble en, aproximadamente, 30 días.
En definitiva, desde la denuncia hasta la sentencia firme de desalojo de okupas, el titular de una vivienda debe actuar bien asesorado legalmente. El respaldo de un equipo de abogados especializado en desahucios suele marcar la diferencia entre un resultado exitoso o un interminable procedimiento judicial. Por tanto, la mejor decisión que puede tomar un propietario es recurrir a los mejores y más experimentados abogados cuanto antes.
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